viernes, 27 de diciembre de 2019

Garantismo fiscal


 

El modelo para declarar bienes en el exterior es disparatado, ratifica Bruselas

Cristóbal Montoro, exministro de Hacienda
Cristóbal Montoro, exministro de Hacienda 
Bruselas ha pedido a la Justicia comunitaria que condene a España por la norma que aplica en la declaración de bienes en el extranjero superiores a los 50.000 euros. La Comisión Europea se refiere al conocido Modelo 720, el que desde 2013 obliga a los contribuyentes a declarar sus bienes en el extranjero con el fin de evitar el fraude tributario; y más concretamente al cuadro de sanciones incluidos en la norma. La Comisión considera abusivo e inaceptable que los bienes no declarados sean considerados imprescriptibles a efectos de posible delito fiscal; que la sanción se aplique de forma automática, sin que medie opción alguna de defensa del contribuyente; y que la cuantía de la sanción sea del 150% de la cuota exigida, sin graduación alguna en función de las circunstancias de la infracción. En su día, el cuadro normativo del modelo 720 ya fue criticado precisamente por lo que hoy denuncia la CE; a pesar de lo cual, el ministro Cristóbal Montoro siguió adelante con sus planes y aprobó una legislación fuera del acervo común europeo, que ahora el próximo Gobierno tendrá que modificar bajo presión europea.
El modelo 720 entró en vigor en 2013 y desde su creación se interpretó como un instrumento coactivo de acompañamiento a la disparatada amnistía fiscal. Como Hacienda no conseguía obtener de dicha amnistía los ingresos fiscales esperados, se aplicó una exigencia de información de bienes en el exterior con fines claramente intimidatorios. La redacción no pudo ser más desafortunada. La prescripción de un delito, y esto deberían saberlo los juristas del equipo del entonces ministro, es una pieza fundamental de la garantía jurídica que debe ofrecer todo sistema legal. Es absurdo que a un presunto delincuente fiscal se le aplique el estigma de imprescriptibilidad, como si se tratase de un caso de genocidio o de lesa humanidad.
Las sanciones, además, tienen que ser proporcionadas a la gravedad de la falta. No es de extrañar que la Comisión Europea haya entendido, a instancias de los denunciantes, que la punición de la norma Montoro no solo es excesiva sino que no puede ser aplicable en el espacio jurídico europeo. El recurso de Bruselas está puesto en razón, para bochorno del aparato administrativo español; el nuevo Gobierno debería admitirlo sin más y proceder a su rectificación inmediata.
A la vista de las numerosas reprimendas de Bruselas o de los tribunales europeos a piezas legislativas españolas habría que preguntarse si los legisladores nacionales son conscientes de que operan en un espacio jurídico más amplio que el español; y que este espacio, que es el europeo, tiene dominio o superioridad en muchos aspectos de la regulación económica y social española. Los despropósitos del modelo 720, previsibles hace seis años y evidentes hoy, podrían haberse evitado fácilmente con las consultas debidas a la legislación europea y con un periodo de reflexión en la redacción del texto administrativo. La inconsecuencia jurídica, quizá también el desconocimiento, y el ánimo de usar las leyes como medida de presión, acaban pasando una factura muy onerosa: se paga en credibilidad, ante Europa y ante el contribuyente. Una Administración a la que rectifican sus decisiones está incapacitada para gestionar con equidad y firmeza

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